SIDEWALK VENDORS
WHAT IS A SIDEWALK VENDOR?
"Sidewalk vendor" means a person who
sells food or merchandise from a pushcart,
cart, wagon, shadowcase, rack, or other
non-motorized conveyance, or from one's
person, upon a public sidewalk or other
pedestrian path. "Sidewalk vendor"
includes "roaming sidewalk vendor," and
"stationary sidewalk vendor." [CCMC
5.98.020]
CONTACT US
(760) 770-0340
codecompliance@
cathedralcity.gov
68700 Avenida Lalo Guerrero
www.cathedralcity.gov
Health Permits are issued by the
Riverside County Environmental
Health Department
(888) 722-4234
WWW. RIVCOEH.ORG
WHAT IS REQUIRED TO BECOME A SIDEWALK VENDOR?
Business license
Sidewalk vendor permit
Riverside County Health Department Permit and proof of completion of a food handlers course, if vending food
Seller's permit issued by the California Department of Tax and Fee Administration, if vendor is selling wrapped food or non-food items (items that would ordinarily be subject to sales tax if sold at retail.)
WHEN IS A HEALTH PERMIT REQUIRED FOR SIDEWALK
VENDING?
If your sidewalk vending business includes packaged foods that do not spoil, a health permit is NOT required as these types of foods are not as perishable and are less likely to make someone sick. All other types of sidewalk vending businesses with unpackaged or perishable foods are REQUIRED to obtain a health permit, as these types of food can spoil easily and require special handling.
WHERE DO I APPLY FOR A SIDEWALK VENDOR PERMIT?
Applications for Sidewalk Vendor Permits are available online at www.cathedralcity.gov and at the front counter of City Hall.
WHERE AND WHEN MAY A SIDEWALK VENDOR OPERATE?
Sidewalk vendors must operate upon a public sidewalk. They cannot operate in street medians or conduct business with persons in motor vehicles.
Sidewalk vendors may operate in commercial areas between 7:00 a.m. dusk, except they may operate beyond dusk in commercial zones when businesses are open during those hours.
Roaming vendors may operate in residential zones only between the hours of 7:00 a.m. to 8:00 p.m.
Stationary vendors cannot operate in residential zones.
WHAT CAN A SIDEWALK VENDOR SELL?
Sidewalk vendors may only vend goods or food that have been approved by the City. Alcohol, cannabis, tobacco, weapons, fireworks and illegal or other contraband are not permitted to be sold. Sidewalk vendors are prohibited from offering any service.
VENDEDORES EN LA ACERA
¿QUÉ ES UN VENDEDOR EN LA ACERA?
"Vendedor en la Acera " se refiere a una
persona que vende alimentos o mercancías
desde un carrito, carretilla, vagoneta,
sombrilla, estante u otro medio de
transporte no motorizado, o desde su
persona, en una acera pública u otro
camino peatonal. "Vendedor en la Acera "
incluye al "vendedor ambulante en la
acera" y al "vendedor fijo en la acera".
[CCMC 5.98.020]
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Los permisos sanitarios los expide el
Departamento de Salud Medioambiental
del Condado de Riverside
(888) 722-4234
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¿QUÉ SE NECESITA PARA SER VENDEDOR EN LA ACERA?
Licencia comercial
Permiso de vendedor en la acera
Permiso del Departamento de Salud del Condado de Riverside y prueba de haber realizado un curso de manipuladores de alimentos, si vende alimentos Permiso de vendedor expedido por el Departamento de Administración de Impuestos y Tasas de California, si el vendedor vende alimentos envasados o artículos no aliment icios (artículos que normalmente estarían sujetos al impuesto sobre las ventas si se vendieran al por menor).
¿CUÁNDO SE NECESITA UN PERMISO SANITARIO PARA LA VENTA EN LA ACERA?
Si su negocio de venta en la acera incluye alimentos envasados que no se estropean, NO es necesari o un permiso sanitario, ya que este tipo de alimentos no son tan perecederos y es menos probable que enfermen a alguien. Todos los demás tipos de negocios de venta en la acera con alimentos no envasados o perecederos están OBLIGADOS a obtener un permiso sa nitario, ya que estos tipos de alimentos pueden estropearse fácilmente y requieren una manipulación especial. ¿DÓNDE PUEDO SOLICITAR UN PERMISO DE VENDEDOR EN LA ACERA? Las solicitudes de permisos para vendedores ambulantes en la acer a están disponibles en línea en www.cathedralcity.gov y en el mostrador del Ayuntamiento. ¿Dónde y cuándo puede operar un vendedor en la acera?
Los vendedores en la acera deben operar en una acera pública o camino peatonal y pueden operar en áreas no residenciales entre las 7:00 a.m. y el anochecer, excepto que pueden operar más allá de dichos límites en áreas zonificadas para uso comercial donde los negocios están abiertos durante esas horas. Los vendedores en la acera no pueden operar en las medianas de las calles ni hacer negocios con personas en vehículos de motor.
Además, los vendedores estacionarios en la acera no pueden operar en zonas residenciales. Los vendedores ambulantes en la acera deben desplazarse continuamente salvo para realizar una venta y s olo pueden operar en zonas residenciales entre las 7:00 a.m. y las 8:00 p.m.
¿Qué puede vender un vendedor en la acera?
Los vendedores en la acera solo pueden vender productos o alimentos autorizados por el Ayuntamiento. No está permitida la venta de alcohol, cannabis, tabaco, armas, fuegos artificiales ni contrabando ilegal o de otro tipo. Los vendedores ambulantes tienen prohibido ofrecer un servicio.