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Informational Sidewalk Vendor Brochure (Spanish)

Riverside City Council
April 11, 2023

Document
Informational Sidewalk Vendor Brochure (Spanish)
Meeting
April 11, 2023
Body
Riverside City Council
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1.4 MB
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LO QUE

NECESITA SABER

AMBULANTE

VENDEDOR
CIUDAD DE RIVERSIDEDefiniciones de Vendedor Ambulante
• Vendedor ambulante significa una persona
que vende alimentos o mercancías desde un
carrito, puesto, exhibición, carrito accionado
por pedales, vagón, vitrina, estante u otro
medio de transporte no motorizado, o desde
su persona, en una acera pública u otro
camino peatonal.
• Vendedor ambulante itinerante significa un
vendedor ambulante que se mueve de un
lugar a otro y se detiene sólo para completar
una transacción.
• Vendedor estacionario en una acera significa
un vendedor ambulante que vende desde
un lugar fijo.
• Carretilla significa cualquier vagón, carro
o contenedor con ruedas o similar, no un
“vehículo” como se define en el Código de
Vehículos del Estado de California, desde el
cual se ofrecen alimentos o bebidas para
venta al público. • Box Springs Mountain Open Space
• Challen Park Open Space
• Mount Rubidoux Park and San
Andreas Avenue/Glenwood
Drive entre Tequesquite Avenue y
Fourteenth Street
• Pachappa Hill Open Space
• Quail Run Open Space
• Sycamore Canyon Wilderness Park
Vender en aceras se PROHÍBE en
los siguientes parques reservas/
espacios públicos regionales:

HORAS DE
OPERACIÓN
Toda Otra Área
De Salida del Sol a Medianoche
Áreas Residenciales Sólo
De Salida a Puesta del Sol
RiversideCA.gov/Code
Para más información, contacte
a la División de Cumplimiento del
Código al (951) 826-5633 o visite
Solicitud de Permiso
Para solicitar un Permiso de
Vendedor Ambulante, visite
RiversideCA.gov/BusinessTax
Requisitos de Permiso
Requisitos de Vendedores de Alimentos
Todos los vendedores que venden alimentos
o bebidas deben obtener un Permiso de
Salubridad del Condado de Riverside y
deben seguir todos los requisitos del Código
de Salubridad del Condado.

Ninguna persona actuará como vendedor
ambulante, ni empleará, dirigirá o hará
que ninguna otra persona lo haga, sin
haber obtenido primero un Permiso de
Vendedor Ambulante.
¿VE ALGUNA VENTA ILEGAL
U OTRO PROBLEMA?
REPÓRTELO A 311
RiversideCA.gov/311
Ningún vendedor ambulante se ubicará
en un lugar fijo en ninguna calle
residencial, incluidos los parques o las
aceras.

Las ventas se pueden realizar en calles
residenciales de vendedores ambulante
que se mueven continuamente de un
lugar a otro y se detienen solo por el
período de tiempo, sin exceder los 30
minutos en cualquier lugar, necesario
para realizar ventas a los compradores.

Ningún vendedor ambulante deberá
estar ubicado en ningún lugar que
obstruya las señales de tráfico o letreros
reglamentarios.

Ningún vendedor ambulante deberá
estar ubicado dentro de 15 pies de
cualquier boca de incendio o escape, o
dentro de los 50 pies de cualquier entrada
de vehículos de cualquier estación de
bomberos, departamento de policía,
hospital o cualquier otra estructura
involucrada en asuntos de emergencia
de salud y seguridad.

Ningún vendedor ambulante deberá
ubicarse a menos de 15 pies de altura
de cualquier zona de carga, parada de
autobús o espacio de estacionamiento
o rampa de acceso designada para
personas con discapacidades.

La venta ambulante está prohibida
dentro de cualquier carril de bicicleta
designado, carril de bicicleta o área de
estacionamiento para bicicletas.

Los vendedores ambulantes deben
mantener un sendero de cuatro pies
sin obstáculos en todo momento.

Ningún vendedor ambulante deberá
obstruir acceso a la infraestructura
pública, incluidos los parquímetros, las
estaciones de pago de estacionamiento,
las zonas de estacionamiento para
movilidad compartida, los recipientes de
desechos, los pulsadores peatonales de los
cruces peatonales y el mobiliario público.

La venta ambulante estará prohibida
adyacente a cualquier parte de la
acera designada como zona de carga
de pasajeros, comercial o escolar a
través de señalización y/o marcas de
acera.

La venta ambulante está prohibida en
la mediana central de cualquier calle.

Ningún vendedor ambulante deberá
ubicarse en ningún lugar que cree una
obstrucción al flujo normal del tráfico
vehicular o peatonal o al acceso a las
calles públicas y aceras, o que cree un
peligro para la vida o la propiedad.

Un contenedor de
basura de al menos
4 pies cúbicos
Un permiso de
vendedor visible a
plena vista
Las dimensiones máximas de cualquier
carretilla serán de seis pies de largo y
cuatro pies de ancho.

LO QUE NECESITA
200’
50’
15’
4’
La venta ambulante está prohibida
dentro de los 200 pies de un área
designada para un permiso especial
temporal, siempre que cualquier aviso,
mitigación de interrupción del negocio
u otros derechos proporcionados a
las empresas afectadas o propietarios
bajo el permiso especial temporal
también se proporcionen a cualquier
vendedor ambulante específicamente
autorizado a operar en el área, si
corresponde.

VENDEDOR AMBULANTE

REGLAS Y

REGLAMENTOS
QUÉ TAN LEJOS NECESITA ESTAR
CONSULTE LAS REGLAS ANTERIORES PARA MÁS DETALLES

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