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SOLO PARA EL SECRETARIO DE LA CIUDAD
Expediente No: _______________________________
Reunión del Consejo: _______________________
Disposición: ___________________________
Punto del orden del día no: 6.a
Fecha de la reunión:
22 de febrero de 2022
INFORME DEL ORDEN DEL DÍA DEL CONSEJO DE LA CIUDAD DE SAN RAFAEL
Departamento: ABOGADO DE LA CIUDAD
Preparado por: Lisa Goldfien,
Asistente del Abogado de la Ciudad
Aprobación del Administrador de la Ciudad:
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TEMA: PROCESO DE REORDENACIÓN DE DISTRITOS DEL CONSEJO DE LA CIUDAD 2021-2022
ASUNTO: TERCERA AUDIENCIA PÚBLICA SOBRE LOS LÍMITES EXISTENTES DE LOS
DISTRITOS DEL CONSEJO Y POSIBLES CAMBIOS
RECOMMENDACIÓN:
Recibir una presentación del consultor demográfico de la Ciudad con respecto a los mapas preliminares propuestos que ajustan los cuatro distritos electorales del Consejo de la Ciudad a la luz del Censo de 2020, celebrar una audiencia pública para recibir comentarios del público con respecto a los mapas provisionales, y luego en su caso dar indicaciones al consultor demográfico con respecto a las modificaciones de los mapas para su consideración en la audiencia pública final programada para el 21 de marzo.
ANTECEDENTES:
El 16 de abril de 2018, el Consejo de la Ciudad adoptó la Ordenanza No. 1956, aprobando el cambio de la votación por acumulación a la votación "por distrito" para las elecciones del Consejo, en la que cada miembro del Consejo debe residir en un distrito y es elegido sólo por los votantes dentro de ese distrito, y aprobando el mapa de distrito designado como "Canal 3B". Las primeras elecciones municipales generales de la Ciudad utilizando los nuevos distritos del Consejo de la Ciudad se llevaron a cabo el 3 de noviembre de 2020, para las sedes del Consejo de la Ciudad en los Distritos1/Sur y 4/Norte. Las primeras elecciones en los Distritos 2/Oeste y 3/Este se llevarán a cabo el 8 de noviembre de 2022.
Si bien la Ciudad creó sus cuatro distritos electorales hace sólo tres años, la sección 21621 del Código Electoral exige que el proceso de reordenación de distritos se realice de nuevo después de cada censo federal decenal para reequilibrar las poblaciones de los distritos a la luz de los datos más recientes disponibles. El censo decenal más reciente se realizó en 2020, y la Oficina publicó sus datos de reordenación de distritos "PL94-171" el 12 de agosto de 2021. Sin embargo, en virtud de los cambios INFORME DEL ORDEN DEL DÍA DEL CONSEJO DE LA CIUDAD DE SAN RAFAEL / Página: 2 en la ley de California adoptados en 2019, conocidos como la Ley FAIR MAPS, la Ciudad está obligada a utilizar los datos de la Base de Datos del Estado de California en UC Berkeley ("SWDB"), que "ajustan los datos de la Oficina del Censo para tener en cuenta la reasignación de los delincuentes encarcelados dentro del Estado requerida por la legislación." (Véase la sección 21621(a)(2) del Código Electoral.) Esos datos ajustados se publicaron el 21 de septiembre de 2021, y una versión corregida de los datos fue publicada el 27 de septiembre de 2021.
En su reunión del 19 de julio, el Consejo recibió una presentación en relación al proceso de reordenación de distritos por parte del abogado especial de la Ciudad, Chris Skinnell de Nielsen Merksamer Parrinello Gross & Leoni, tras lo cual el Consejo aprobó el calendario del proceso de reordenación de distritos. En su reunión del 13 de septiembre, el Consejo recibió otra presentación del Sr. Skinnell en la que se resumían las normas legales que rigen el reajuste de los límites de los distritos y la demografía preliminar de los distritos existentes basada en los datos del PL94-171. En su reunión del 15 de noviembre de 2021, el Consejo recibió información actualizada sobre la demografía final "ajustada" de los distritos existentes basada en los datos de SWDB, después de lo cual el Consejo realizó una audiencia pública debidamente notificada para recibir testimonios del público sobre la composición de los distritos, especialmente de las comunidades de interés. En su reunión del 18 de enero de 2022, el Consejo llevó a cabo otra audiencia pública debidamente notificada para recibir testimonios del público sobre la composición de los distritos, especialmente de las comunidades de interés.
De acuerdo con la Ley FAIR MAPS, el Consejo de la Ciudad está obligado a realizar cuatro audiencias públicas, de las cuales las dos primeras se centraron en recibir los comentarios del Consejo y del público sobre los límites actuales y los cambios deseados, y las comunidades de interés de la Ciudad, y las dos últimas se centrarán en los mapas provisionales reales para reajustar los distritos del Consejo.
Esta es la tercera de las cuatro audiencias públicas requeridas y la primera de las audiencias públicas posteriores a la elaboración de mapas. La audiencia pública final está programada para el 21 de marzo de 2022. La fecha límite legal para completar el proceso de reordenación de distritos es el 17 de abril de 2022.
ANÁLISIS:
En la reunión, la consultora demográfica de la Ciudad, la Sra. Kristen Parks de National Demographics Corporation, presentará propuestas de mapas provisionales para reajustar los límites de los distritos del Consejo y se volverá a pedir al Consejo que realice una audiencia pública para recibir los comentarios del público sobre los mapas provisionales.
A continuación se resumen los principales requisitos legales sustanciales para el proceso de reordenación de distritos:
1) Los distritos deben ser "sustancialmente iguales” en población según la definición de la Suprema Corte.
2) Los distritos deben cumplir con la Ley Federal de Derecho al Voto de 1965 (52 U.S.C. Sec. 10301 y siguientes.)
3) Los distritos deben cumplir con las restricciones constitucionales sobre la "manipulación racial".
INFORME DEL ORDEN DEL DÍA DEL CONSEJO DE LA CIUDAD DE SAN RAFAEL / Página: 3 4) Sujeto a los requisitos constitucionales y de la ley federal señalados en los párrafos (1) al (3), los distritos electorales deben ser establecidos de acuerdo con cuatro criterios estatutarios, clasificados por orden de prioridad:
• En la medida de lo posible, los distritos del consejo deberán ser geográficamente colindantes. Las áreas que se encuentran sólo en los puntos de las esquinas adyacentes no son colindantes. Las áreas que están separadas por el agua y no están conectadas por un puente, un túnel o un servicio regular de ferry no son colindantes.
• En la medida de lo posible, se respetará la integridad geográfica de todo vecindario o comunidad de interés local de manera que se minimice su división. Una "comunidad de interés" es una población que comparte intereses sociales o económicos comunes que se deben incluir dentro de un mismo distrito para lograr su representación efectiva y justa. Las comunidades de interés no incluyen relaciones con partidos políticos, miembros titulares o candidatos políticos.
• Las colindancias de los distritos del consejo deben ser fácilmente identificables y comprensibles por parte de los residentes. En la medida de lo posible, los distritos del consejo deben estar delimitados por barreras naturales y artificiales, por calles o por los límites de la ciudad. • En la medida de lo posible, y siempre que no entre en conflicto con los criterios anteriores de esta subdivisión, los distritos del consejo deben establecerse para fomentar la creación de áreas geográficamente compactas de manera que las áreas de población cercanas no sean pasadas por alto en favor de poblaciones más distantes.
Como se discutió en la última reunión, los actuales límites de los distritos cumplen con los tres primeros criterios mencionados, y los distritos son contiguos, por lo que si el Consejo considera que respetan adecuadamente a las comunidades de interés, mantener los límites actuales sería una opción.
NDC también ha preparado una segunda opción para que el Consejo la considere a la luz del debate de la reunión de enero de 2022. Esta opción, denominada "Mapa de cambios mínimos de NDC", comienza con los límites actuales pero realiza cambios discretos para reducir el desequilibrio de la población (al 5.55% frente al 8.53% del mapa actual.).
Se pueden encontrar versiones en línea de los mapas que permitirían al espectador visualizar hasta el nivel de las calles en el sitio web de reordenación de distritos de la Ciudad, en la pestaña "Draft Maps".
Hasta la fecha, el público no ha presentado ninguna propuesta de mapa a la Ciudad.
DIFUSIÓN A LA COMUNIDAD:
Como el personal informó al Consejo en las reuniones de noviembre y enero, la Ciudad ha establecido un sitio web de reordenación de distritos de la Ciudad con todos los documentos pertinentes tanto en inglés como en español. Se puede encontrar en https://redistrictsanrafael.org/. Al visitar ese sitio web, los miembros del público también pueden presentar propuestas de mapas de distrito para la consideración del Consejo, utilizando un kit cartográfico en papel o herramientas en línea. El personal también está llevando a cabo actividades adicionales de acercamiento con grupos comunitarios interesados, organizaciones de medios de comunicación y otras partes interesadas.
INFORME DEL ORDEN DEL DÍA DEL CONSEJO DE LA CIUDAD DE SAN RAFAEL / Página: 4 IMPACTO FISCAL:
La acción que se recomienda al Consejo de la Ciudad no tiene impacto fiscal. La terminación del proceso de reordenación de distritos incurrirá gastos de aproximadamente $50,000 en honorarios de abogados consultores y $60,000 en honorarios de demógrafos consultores (incluyendo la herramienta de mapeo en línea), además del tiempo regular del personal. Se han incluido fondos suficientes en el presupuesto para cubrir estos gastos.
OPCIONES:
El Consejo de la Ciudad tiene las siguientes opciones para considerar este asunto:
1. Aceptar el documento informativo sobre los mapas provisionales propuestos y realizar la tercera audiencia pública, y proporcionar orientación a los demógrafos sobre posibles modificaciones de los mapas provisionales si se desean.
2. No tomar ninguna medida.
ACCIÓN RECOMENDADA:
Aceptar el documento informativo en relación al proceso de reordenación de distritos del Consejo de la Ciudad, realizar la audiencia pública y dar orientación al demógrafo.
ADJUNTOS:
1. Presentación en PowerPoint
22 de febrero de 2022
Audiencia pública sobre la reordenación de distritos #3 National Demographics Corporation
Ciudad de San Rafael
22 de febrero de 2022 2
Transición de San Rafael a los distritos
Fecha Evento
10 de noviembre de
2017
La Ciudad recibió una carta en la
que se alegaba la violación de la Ley
de Derecho al Voto de California
(CVRA)
Ordenación
de distritos
16 de enero de 2018 El Consejo aprobó la resolución de
cambiar a elecciones por distritos
16 de abril de 2018 El Consejo adoptó el mapa de
distritos
3 de noviembre de
2020
Elecciones para los distritos 1 y 4
2021 – 2022 Los distritos deben ser redibujados
para reflejar los datos del censo de
2020
Reordenación
de distritos
22 de febrero de 2022 3
Calendario de la reordenación de distritos
Date Event
12 de agosto de 2021 Publicación de los datos del censo de 2020 27 de septiembre de
2021
Publicación de los datos oficiales de la reordenación
de distritos de California
15 de noviembre de
2021 Audiencia pública #1
18 de enero de 2022 Audiencia pública #2
22 de febrero de 2022 Audiencia pública #3
21 de marzo de 2022 Audiencia pública #4
17 de abril de 2022 Fecha l legal para que el Consejo adopte el plan de reordenación de distritos
8 de noviembre de
2022 Primeras elecciones con el nuevo mapa
22 de febrero de 2022 4
Criterios legales para la reordenación de distritos
1. Garantizar la
contigüidad
geográfica
2. Minimizar la división
de vecindarios y
"comunidades de
interés“
3. Crear límites
fácilmente
identificables
4. Mantener distritos
compactos
5. No "favorecer o
discriminar a ningún
partido político"
Garantizar
poblaciones
iguales*
Cumplir con la Ley
Federal de Derecho
al Voto
Evitar la
manipulación racial
Ley de California Criterios tradicionales
Puede incluir:
• Preserve core of
existing districts
• Minimizar los
cambios en los
ciclos electorales
Ley federal
No pasar por alto una
población cercana
para absorber a una
población más lejana
* Desviación de la
población total<
10%
Mapa actual de
los distritos
(2018)
Capas del mapa
Canal 3B
Punto de referencia
Área de referencia
Tubería / Línea eléctrica
6 Los distritos actuales tienen
poblaciones balanceadas
Distrito 1 2 3 4 Total
2020 Censo de 2020 (ajustado) 14,853 15,732 14,720 16,028 61,333 Desviación de lo ideal -480 399 -613 695 1,308
% Desviación -3.13% 2.60% -4.00% 4.53% 8.53%
Pob. total 2020
% Hisp 80% 21% 21% 18% 34%
% Blanco NH 12% 65% 64% 64% 52%
% Negro NH 1% 2% 2% 2% 2%
% Asiático-Americano 5% 7% 9% 12% 8%
Población en
edad para votar
Total 4,296 10,843 10,421 10,843 36,403
% Hisp 42% 7% 10% 9% 12%
% Blanco NH 41% 84% 76% 80% 75%
% Negro NH 3% 3% 3% 1% 3%
% Asiático/Isl. Pac. 13% 5% 9% 8% 8%
22 de febrero de 2022 7
Cálculo de la desviación de la población
Tamaño ideal del distrito = 15,333
Se calcula dividiendo la población total entre el número de distritos
61,333/4 = 15,333.25
Desviación total = 1,308
Se calcula restando la población del distrito más pequeño de la población del distrito más grande
D4 (16,028) - D3 (14,720) = 1,308
% de desviación total = 8.53%
Se calcula restando la desviación del distrito más pequeño de la desviación del distrito más grande
D4(4.53) – D3(-4.00) = 8.53%
22 de febrero de 2022 8
Definición de "comunidades de interés"
Según el Código Electoral de California, la "comunidad de interés" tiene una definición específica en el contexto de la reordenación de distritos:
Las definiciones de "comunidades de interés" no incluyen las relaciones con partidos políticos, miembros titulares o candidatos políticos.
Una "comunidad de interés" es una población
que comparte intereses sociales o económicos
comunes que se deben incluir dentro de un
mismo distrito para lograr su representación
efectiva y justa.
9 Herramientas cartográficas públicas
Las herramientas
cartográficas de San Rafael
permiten a los residentes
trazar sus comunidades de
interés, su distrito local o un
plan de distrito para toda la
ciudad
10 Mapa de cambios mínimos de NDC
Ciclo electoral:
2022: Distritos 2 y 3
2024: Distritos 1 y 4
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Sitio web: redistrictsanrafael.org